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PIDI-CV -- I+D PYME

Detalles
Isabel Alemany Lázaro logo
Programas de ayudas para empresas 2026
03 Febrero 2021

ID 2026

Dirigido a: PYME que cuenten con al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, o PYME que acrediten el carácter de nueva empresa innovadora

Presentación solicitudes: Desde el 12/02/2026 hasta el 31/03/2026 a las 23:59:59 horas*

Plazo ejecución (y periodo subvencionable del gasto): Deberá iniciarse con posterioridad a la fecha solicitud y podrá finalizarse hasta el 30/06/2027 (*)

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 7/10/2027 (*)

Pidi cs

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 10300 de fecha 11/02/2026. si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV, 

 

 antesdepresenta pidiraclaracionespreg pidi

 

tel innovacionEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Objetivos
 
Realización de proyectos de I+D por parte de las pymes.
El Programa podrá contar con financiación hasta el 60% de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
 
beneficiarios.gif Empresas beneficiarias


PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que tengan al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda

Requisitos de los proyectos

 

  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
  • Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
  • Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 50.000 euros y menor de 175.000 euros
  • El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por la empresa ni tampoco por ninguna otra vinculada o contratada para la realización del proyecto
  • El proyecto debe esta encuadrado en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3 CV)

 

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 
1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
  • Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. 

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en la Resolución de convocatoria.
 

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda
 

Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 45%
  • Mediana empresa: hasta el 35%

 

costesSubvencionables.gif Costes subvencionables


1. Servicios externos

  • Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
  • Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.

2. Adquisición de patentes y licencias

Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.

3. Personal propio

Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.
Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.

4. Materiales

Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo

5. Gastos de amortización de instrumental y equipamiento

Gastos de amortización del instrumental y equipamiento necesario para la realización del proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico

6. Gastos de auditoría

Gastos para la elaboración del informe de auditoría, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda

 

Plazos
 

Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de la solicitud Inicio del proyecto Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos) Fin plazo justificación (Límite periodo pago)
Desde el 12/02/2026 hasta el 31/03/2026 a las 23:59:59 h. Posterior a la solicitud 30/06/2027 7/10/2027



Criterios de valoración
 

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando tenga una puntuación mínima de 50 puntos en la evaluación y siempre que se superen los umbrales indicados en cada uno de los apartados del baremo, cuyo detalle puede consultarse en la Resolución de convocatoria.

 

comoSolicitar.gif Presentación de la solicitud

 

 
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la empresa solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de empresa–o de persona física para los empresarios/as individuales- emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida como prestador de servicios de expedición de certificados electrónicos cualificados de firma electrónica en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza (TSL)», publicada en la sede electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
 
Asimismo la empresa solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/).

La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE (véase "Presentar solicitud" en apartado "Documentación anexa - Solicitud", a la derecha de esta página.

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PIDI-STEP-CV -- I+D PYME

Detalles
Isabel Alemany Lázaro logo
Programas de ayudas para empresas 2026
03 Febrero 2021

ID 2026 step

Dirigido a: PYME que cuenten con al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, o PYME que acrediten el carácter de nueva empresa innovadora

Presentación solicitudes: Desde el 12/02/2026 hasta el 31/03/2026 a las 23:59:59 horas*

Plazo ejecución (y periodo subvencionable del gasto): Deberá iniciarse con posterioridad a la fecha solicitud y podrá finalizarse hasta el 31/12/2027 (*)

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 4/4/2028 (*)

Pidi cs

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el  DOGV nº 10300 de fecha 11/02/2026. si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV, 

 

 antesdepresenta pidiraclaracionespreg pidi

 

tel innovacionEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Objetivos
 
Realización de proyectos de I+D por parte de las pymes, en los ámbitos tecnológicos contemplados en la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) que se relacionan en el anexo V de la Convocatoria.
El Programa podrá contar con financiación hasta el 100% de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
 
beneficiarios.gif Empresas beneficiarias


PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que tengan al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda

Requisitos de los proyectos

 

  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
  • Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
  • Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 50.000 euros y menor de 300.000 euros
  • El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por la empresa ni tampoco por ninguna otra vinculada o contratada para la realización del proyecto
  • El proyecto debe esta encuadrado en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3 CV)
  • El proyecto deberá incluir necesariamente como costes subvencionables, los gastos derivados de la contratación de centros de investigación para el desarrollo de actividades de I+D. El importe de dichos gastos deberá ser igual o superior al 10 % del coste subvencionable total del proyecto.
  • Los proyectos, de conformidad con el artículo 2, apartado 1, letra a), del Reglamento STEP, deberán apoyar el desarrollo o la fabricación de tecnologías fundamentales en toda la Unión Europea, o proteger y reforzar las correspondientes cadenas de valor, en los siguientes ámbitos tecnológicos:
    • Tecnologías digitales, incluidas las que contribuyen a las metas y objetivos del Programa Estratégico de la Década Digital para 2030, los proyectos plurinacionales definidos en el artículo 2, apartado 2, de la Decisión (UE) 2022/2481.
    • Biotecnologías, incluidos los medicamentos que figuran en la lista de la Unión de medicamentos esenciales y sus componentes.
    • Investigación en tecnología profunda, con potencial para ofrecer soluciones transformadoras, basadas en la ciencia, la tecnología y la ingeniería de vanguardia, con impacto en la economía circular.

 

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 
1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
  • Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados. 

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en la Resolución de convocatoria.
 

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda
 

Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 45%
  • Mediana empresa: hasta el 35%

 

costesSubvencionables.gif Costes subvencionables


1. Servicios externos

  • Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
  • Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.

2. Adquisición de patentes y licencias

Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.

3. Personal propio

Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.
Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.

4. Materiales

Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo

5. Gastos de amortización de instrumental y equipamiento

Gastos de amortización del instrumental y equipamiento necesario para la realización del proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico

6. Gastos de auditoría

Gastos para la elaboración del informe de auditoría, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda

 

Plazos
 

Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de la solicitud Inicio del proyecto Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos) Fin plazo justificación (Límite periodo pago)
Desde el 12/02/2026 hasta el 31/03/2026 a las 23:59:59 h. Posterior a la solicitud 31/12/2027 4/4/2028



Criterios de valoración
 

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando tenga una puntuación mínima de 50 puntos en la evaluación y siempre que se superen los umbrales indicados en cada uno de los apartados del baremo, cuyo detalle puede consultarse en la Resolución de convocatoria.

 

comoSolicitar.gif Presentación de la solicitud

 

 
FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD
La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la empresa solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de empresa–o de persona física para los empresarios/as individuales- emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida como prestador de servicios de expedición de certificados electrónicos cualificados de firma electrónica en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza (TSL)», publicada en la sede electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
 
Asimismo la empresa solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/).

La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE (véase "Presentar solicitud" en apartado "Documentación anexa - Solicitud", a la derecha de esta página.

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PIDCOP-CV -- I+D EN COOPERACIÓN

Detalles
Isabel Alemany Lázaro logo
Programas de ayudas para empresas 2026
03 Febrero 2021

 ID 2026

Dirigido a: PYME y grandes empresas que cuenten con al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas. En el caso de las pymes que acrediten el carácter nueva empresa innovadora, no se establece un mínimo de personal propio para poder ser beneficiaria

Presentación solicitudes: Desde el 12/02/2026 hasta el 31/03/2026 (a las 23:59:59 horas) *12

Plazo de ejecución: Deberá iniciarse con posterioridad a la fecha de solicitud y podrá finalizarse hasta el 30/06/2027 (*)

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 7/10/2027 (*)

Pidcop-cs  

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 10300 de fecha 11/02/2026

 

 antesdepresentar pidcopaclaracionespreg pidcop

 

 tel innovacionEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Objetivos
 
Realización de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en cooperación  entre varias empresas.
El Programa podrá contar con financiación hasta el 60 % de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
 
empresasbeneficiarias-p Empresas beneficiarias
 

PYME y grandes empresas con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que tengan al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda.

Las empresas deberán integrar un consorcio creado con el propósito, entre otros, de ejecutar un proyecto común en el marco de este programa. Los consorcios deberán reunir las siguientes condiciones:

  • Constituidas por un mínimo de dos empresas independientes entre sí, debiendo ser al menos una de ellas pyme.
  • Superado el número de dos empresas, no será necesario el cumplimiento del requisito de tamaño y de independencia en el resto de las empresas de la agrupación
  • Todas las empresas integrantes del consorcio deberán ser necesariamente solicitantes de ayuda a este programa para el mismo proyecto.
  • Ninguna empresa integrante del consorcio podrá correr por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables del proyecto, ni con menos del 15% de los mismos.
  • La empresa que mayor participación económica tenga en el proyecto asumirá la condición de líder del proyecto.

La constitución del consorcio deberá acreditarse mediante un acuerdo entre las partes, según modelo disponible en el apartado "Documentación Anexa" de esta página.

 

Requisitos de los proyectos
 
  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
  • Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
  • Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 100.000 euros y menor de 500.000 euros
  • El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por esta ni tampoco por ninguna otra empresa vinculada o contratada para la realización del proyecto.
  • Será condición imprescindible para percibir la ayuda mantener los requisitos que para la validez del consorcio se exigen en el apartado Empresas Beneficiarias del anexo de la convocatoria correspondiente a este programa.
  • El proyecto debe esta encuadrado en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3 CV)

 

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 
1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
  • Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes -de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo- con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en el anexo II de la Resolución de convocatoria.
 

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda
 

Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 60%
  • Mediana empresa: hasta el 50%
  • Gran empresa: hasta el 40%

 

costesSubvencionables.gif Costes subvencionables
 

1. Servicios externos
   
a) Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
    b) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.

2. Adquisición de patentes y licencias
Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.

3. Personal propio
Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.
Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.    

4. Materiales
Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo

5. Gastos de amortización del instrumental y equipamiento
Gastos de amortización del instrumental y equipamiento necesario para la realización del proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico.

6. Gastos de auditoría
Gastos para la elaboración del informe de auditoría, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda

 

Plazos
 

Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de solicitud

Inicio proyecto

Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos)

Fin plazo justificación (límite periodo pago)

 Desde el 12/02/2026 hasta 31/03/2026 a las 23:59:59 h.  Posterior a la solicitud  30/06/2027  7/10/2027

 

 

Criterios de valoración
 

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando tenga una puntuación mínima de 50 puntos en la evaluación y siempre que se superen los umbrales indicados en cada uno de los apartados del baremo, cuyo detalle puede consultarse en la Resolución de la convocatoria.

 

comoSolicitar.gif Presentación de solicitudes
 

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la empresa solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de empresa –o de persona física para los empresarios/as individuales- emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida como prestadora de servicios de expedición de certificados electrónicos cualificados de firma electrónica en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza (TSL)», publicada en la sede electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
 
Asimismo la empresa solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/).

La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE (véase "Presentar solicitud" en apartado "Documentación anexa - Solicitud", a la derecha de esta página.

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PIDCOP-STEP-CV -- I+D EN COOPERACIÓN

Detalles
Isabel Alemany Lázaro logo
Programas de ayudas para empresas 2026
03 Febrero 2021

 ID 2026 step

Dirigido a: PYME y grandes empresas que cuenten con al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas. En el caso de las pymes que acrediten el carácter nueva empresa innovadora, no se establece un mínimo de personal propio para poder ser beneficiaria

Presentación solicitudes: Desde el 12/02/2026 hasta el 31/03/2026 (a las 23:59:59 horas) *

Plazo de ejecución: Deberá iniciarse con posterioridad a la fecha de solicitud y podrá finalizarse hasta el 31/12/2027 (*)

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 4/4/2028 (*)

Pidcop-cs  

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el  DOGV nº 10300 de fecha 11/02/2026

 

 antesdepresentar pidcopaclaracionespreg pidcop

 

 tel innovacionEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

 

Objetivos
 
Realización de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental en cooperación entre varias empresas, constituidas como agrupación para el desarrollo del proyecto común, en los ámbitos tecnológicos contemplados en la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP) que se relacionan en el anexo V de la resolución de convocatoria.
El Programa podrá contar con financiación hasta el 100 % de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.
 
empresasbeneficiarias-p Empresas beneficiarias
 

PYME y grandes empresas con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación, que tengan al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda.

Las empresas deberán integrar un consorcio creado con el propósito, entre otros, de ejecutar un proyecto común en el marco de este programa. Los consorcios deberán reunir las siguientes condiciones:

  • Constituidas por un mínimo de dos empresas independientes entre sí, debiendo ser al menos una de ellas pyme.
  • Superado el número de dos empresas, no será necesario el cumplimiento del requisito de tamaño y de independencia en el resto de las empresas de la agrupación
  • Todas las empresas integrantes del consorcio deberán ser necesariamente solicitantes de ayuda a este programa para el mismo proyecto.
  • Ninguna empresa integrante del consorcio podrá correr por sí sola con más del 70% de los costes subvencionables del proyecto, ni con menos del 15% de los mismos.
  • La empresa que mayor participación económica tenga en el proyecto asumirá la condición de líder del proyecto.

La constitución del consorcio deberá acreditarse mediante un acuerdo entre las partes, según modelo disponible en el apartado "Documentación Anexa" de esta página.

 

Requisitos de los proyectos
 
  • Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
  • Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
  • Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
  • Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
  • Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 100.000 euros y menor de 800.000 euros
  • El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto, no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por esta ni tampoco por ninguna otra empresa vinculada o contratada para la realización del proyecto.
  • Será condición imprescindible para percibir la ayuda mantener los requisitos que para la validez del consorcio se exigen en el apartado Empresas Beneficiarias del anexo de la convocatoria correspondiente a este programa.
  • El proyecto debe esta encuadrado en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3 CV)
  • El proyecto deberá incluir necesariamente como costes subvencionables, los gastos derivados de la contratación de centros de investigación para el desarrollo de actividades de I+D. El importe de dichos gastos deberá ser igual o superior al 10 % del coste subvencionable total del proyecto.
  • Los proyectos, de conformidad con el artículo 2, apartado 1, letra a), del Reglamento STEP, deberán apoyar el desarrollo o la fabricación de tecnologías fundamentales en toda la Unión Europea, o proteger y reforzar las correspondientes cadenas de valor, en los siguientes ámbitos tecnológicos:
    • Tecnologías digitales, incluidas las que contribuyen a las metas y objetivos del Programa Estratégico de la Década Digital para 2030, los proyectos plurinacionales definidos en el artículo 2, apartado 2, de la Decisión (UE) 2022/2481.
    • Biotecnologías, incluidos los medicamentos que figuran en la lista de la Unión de medicamentos esenciales y sus componentes.
    • Investigación en tecnología profunda, con potencial para ofrecer soluciones transformadoras, basadas en la ciencia, la tecnología y la ingeniería de vanguardia, con impacto en la economía circular.

 

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 
1) Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:
  • Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y técnicas que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o contribuir a mejorar considerablemente los ya existentes.
  • Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes -de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo- con vistas a la elaboración de productos, procesos o servicios nuevos o mejorados; puede incluir también actividades de definición conceptual, planificación y documentación de nuevos productos, procesos o servicios.

2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en el anexo II de la Resolución de convocatoria.
 

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda
 

Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 60%
  • Mediana empresa: hasta el 50%
  • Gran empresa: hasta el 40%

 

costesSubvencionables.gif Costes subvencionables
 

1. Servicios externos
   
a) Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
    b) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.

2. Adquisición de patentes y licencias
Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.

3. Personal propio
Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.
Se limita el coste horario subvencionable a 50 euros/hora como máximo.    

4. Materiales
Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo

5. Gastos de amortización del instrumental y equipamiento
Gastos de amortización del instrumental y equipamiento necesario para la realización del proyecto, excluyendo los dispositivos informáticos de uso genérico.

6. Gastos de auditoría
Gastos para la elaboración del informe de auditoría, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda

 

Plazos
 

Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de solicitud

Inicio proyecto

Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos)

Fin plazo justificación (límite periodo pago)

 Desde el 12/02/2026 hasta 31/03/2026 a las 23:59:59 h.  Posterior a la solicitud  31/12/2027  4/4/2028

 

 

Criterios de valoración
 

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando tenga una puntuación mínima de 50 puntos en la evaluación y siempre que se superen los umbrales indicados en cada uno de los apartados del baremo, cuyo detalle puede consultarse en la Resolución de la convocatoria.

 

comoSolicitar.gif Presentación de solicitudes
 

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la empresa solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de empresa –o de persona física para los empresarios/as individuales- emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida como prestadora de servicios de expedición de certificados electrónicos cualificados de firma electrónica en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza (TSL)», publicada en la sede electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
 
Asimismo la empresa solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/).

La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE (véase "Presentar solicitud" en apartado "Documentación anexa - Solicitud", a la derecha de esta página.

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INNOVA-CV -- INNOVACIÓN DE PYME 2026

Detalles
Isabel Alemany Lázaro logo
Programas de ayudas para empresas 2026
11 Marzo 2014

Innova25 cs

Dirigido a: PYME

Presentación solicitudes:Desde el 28/03/2026 hasta el  5/05/2026 (a las 23:59:59 horas)*

Plazo de ejecución (y periodo subvencionable del gasto): Desde el 1/01/2026 hasta el 30/06/2027

Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 7/10/2027 

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 10331 de fecha 27/03/2026, 

 

 antesdepresentar.innovapregfrec programa innova

 

tel innovacionEsta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.

Objetivos
 

Realización de proyectos innovadores que redunden en una mayor competitividad de las empresas y que tengan resultados tangibles al final del plazo de ejecución del proyecto.

Los proyectos de innovación podrán desarrollarse en dos actuaciones: desarrollo de nuevos productos (INNOVAProD-CV) y desarrollo de soluciones TEICs innovadoras que no supongan desarrollos a medida (INNOVATeiC-CV).

El Programa podrá contar con financiación hasta el 60 % de la Unión Europea a través del Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

 
beneficiarios.gif Empresas beneficiarias

 

PYME con sede social y establecimiento de producción ubicado en la CV en el momento de la solicitud, excepto las que desarrollen actividades financieras o inmobiliarias, que cumplan además con los requisitos que se detallan a continuación, según la actuación a la que concurran InnovaProd-cs Desarrollar actividades encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 10 a 33 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y contar con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda.
InnovaTeic-cs Desarrollar actividades encuadradas en alguno de los epígrafes de la sección C-Divisiones 26 a 30-, o Sección J – CNAE 5821, 5829, 6311, 6312 y Divisiones 61 a 62 de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009) y contar con al menos dos personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de ayuda. En el caso de las pymes que acrediten el carácter nueva empresa innovadora, no se establece un mínimo de personal propio para poder ser beneficiaria.

 

Requisitos de los proyectos
 

•   Los proyectos deberán iniciarse a partir del 1 de enero de 2026,  y no deberán haber concluido materialmente ni haberse ejecutado íntegramente antes de que se presente la solicitud.
•    Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
•    Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de esta u otra administración o ente público.
•    Presupuesto subvencionable del proyecto igual o superior a 30.000 euros.

•    El proyecto debe estar encuadrado en alguno de los entornos de especialización contemplados para el IVACE en el ámbito de la I+D e innovación empresarial de la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (S3-CV)

 

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda
 

Subvención calculada como un porcentaje sobre los costes considerados como subvencionables, con una cuantía variable en función del tamaño de empresa:

  • Pequeña empresa: hasta el 45%
  • Mediana empresa: hasta el 35%

 

 
actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables

 

Los proyectos deberán poderse encuadrar en alguna de las siguientes actuaciones apoyables:

 

InnovaProd-cs

 
Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo y fabricación de nuevos productos o una mejora significativa de los ya fabricados por la empresa solicitante. 
 
Un producto tendrá la consideración de nuevo o mejorado, cuando suponga una modificación significativa en sus características o en el uso a que se destina. Incluye las mejoras significativas de especificaciones técnicas, de componentes y materiales, de programas informáticos integrados, del diseño, de la facilidad de uso u otras características funcionales.
 
El resultado final del proyecto apoyable deberá concretarse en la fabricación del producto o en la obtención de un prototipo probado en un entorno real.
 
 
      

InnovaTeic-cs

 
Proyectos que tengan como objetivo el desarrollo de soluciones innovadoras en el ámbito de las tecnologías de la información, de la electrónica y de las comunicaciones, cuya aplicación pueda extenderse a diversos usuarios y no se trate, por tanto, de soluciones a medida.
 
El resultado final del proyecto deberá concretarse en nuevas aplicaciones, dispositivos o soluciones, preparadas para su comercialización a terceros.
Se admitirán nuevas versiones de aplicaciones, dispositivos y soluciones existentes, siempre que incorporen nuevas funcionalidades con respecto a versiones anteriores de las mismas.
 
 
costesSubvencionables.gif Costes subvencionables

 

InnovaProd-cs

 

a) Servicios de consultoría y asistencia técnica para el desarrollo, la mejora de características y puesta en producción de nuevos productos: ingeniería, consultoría técnica, contratación con centros de investigación, diseño, contratación de servicios de laboratorios de ensayo incluidos los necesarios para marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos.

La existencia de este tipo de gastos es requisito para que el proyecto se apruebe:

- Deberá ser como mínimo la menor de las siguientes cantidades: un 10% del coste subvencionable total o 15.000 euros.

b) Registro de patentes, marcas, modelos de utilidad y diseños industriales, marcado CE u otras formas de homologación o normalización de productos. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.

c) Adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, know-how o software relacionado con los nuevos productos.

d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 50.000 euros.

e) Adquisición de activos materiales: adquisición –o adaptación– y puesta en marcha de bienes de equipo, moldes y matrices, necesariamente relacionados con la puesta en producción de nuevos productos acordes a la convocatoria, y de bienes de equipo, servicios y suministros materiales necesarios para la elaboración de un prototipo verificable de la solución desarrollada.

f) Gastos para la elaboración del informe de auditoría, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

 
 
      

InnovaTeic-cs

 

a) Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes, para el desarrollo de las nuevas soluciones.

El importe máximo admisible será el que resulte menor de los siguientes: un 20 % del resto de costes subvencionables o 30.000 €.

b) Registro de derechos de propiedad industrial, otros registros y homologaciones. Únicamente serán elegibles los gastos relacionados con la ejecución del proyecto.

c) Activos inmateriales. Patentes, licencias, know-how o adquisición de licencias de software necesarias para ser integradas en el producto final.

d) Personal propio: gastos de personal técnico que participe en el proyecto. El importe máximo admisible en este concepto será 125.000 euros

c) Activos materiales. Componentes necesarios para el desarrollo de un prototipo verificable cuando el proyecto así lo exija y que queden integrados en el prototipo.

f) Gastos para la elaboración del informe de auditoría, hasta un importe máximo subvencionable de 1.200 euros, IVA excluido, siempre que dicho coste se haya incluido en el presupuesto presentado con la solicitud de ayuda.

 

 

Plazos
 

Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:

Plazo de presentación de la solicitud Inicio del proyecto Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos)   Fin plazo justificación (límite periodo pago)
 Desde el 28/03/26 hasta el 05/05/26 a las 23:59:59 h. A partir del 01/01/2026  30/06/2027   7/10/2027

 

Criterios de valoración
 

Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando tenga una puntuación mínima de 50 puntos en la evaluación y siempre que se superen los umbrales indicados en cada uno de los apartados del baremo de su actuación, cuyo detalle puede consultarse en la Resolución de convocatoria o en las correspondientes memorias

 

comoSolicitar.gif Presentación de solicitudes

 

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la empresa solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de empresa–o de persona física para los empresarios/as individuales- emitido por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida como prestadora de servicios de expedición de certificados electrónicos cualificados de firma electrónica en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios electrónicos de confianza (TSL)», publicada en la sede electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
 
Asimismo, la empresa solicitante podrá autorizar a otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/registro-de-representantes/).

La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE (véase "Presentar solicitud" en apartado "Documentación anexa - Solicitud", a la derecha de esta página.

© 2020, Generalitat

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