Dirigido a: Entidades locales de la CV no han recibido ayudas para proyectos de mejora de polígonos para 2019
Presentación solicitudes: desde el 25/01/2019 hasta el 22/02/2019 a las 23:59:59 horas  *
Plazo de ejecución (periodo subvencionable del gasto): Hasta el 31 de diciembre de 2019
Plazo justificación: Desde el 2 de enero hasta el 15 de enero del año 2020

* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 8471 de fecha 24/01/2019, si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.

  antesdepresentar  
Objetivo
Subvenciones para proyectos de inversión para mejora, modernización y dotación de infraestructuras y servicios en los polígonos industriales, áreas empresariales y enclaves tecnológicos y parques científicos.

empresasbeneficiarias-p Entidades beneficiarias

Entidades locales de la CV que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 3 de la Orden 22/2016, de 27 de octubre

Requisitos de los proyectos

Las ayudas podrán ser para proyectos y/o actuaciones de carácter anual.
Será requisito en todo caso que para el polígono o enclave tecnológico para el que se solicita la ayuda no se hubieran concedido ayudas con cargo al ejercicio 2019 en el marco de la convocatoria del IVACE aprobada por Resolución de 9 de febrero de 2018, del presidente del IVACE (DOGV, núm. 2841, de 23 de febrero de 2018), de acuerdo con la previsión contenida en dicha resolución.  

•    Los proyectos no podrán haberse iniciado antes de la presentación de la solicitud de la ayuda, y su finalización no podrá exceder del día 31 de diciembre de 2019.

•    Presupuesto subvencionable del proyecto deberá ser igual o superior a 25.000 €.

•    Cada ayuntamiento podrá presentar una única solicitud de mejora por cada polígono, área industrial o enclave tecnológico que tenga en su municipio (por ej. si tiene 3 polígonos, debe presentar 3 solicitudes)

actuacionesApoyables.gif Actuaciones apoyables
 Las actuaciones apoyables podrán ser las siguientes:

•    Obra civil que permita la implantación de fibra óptica y otros servicios.
•    Vigilancia a través de CCTV conectado a la Policía Local.
•    Transporte público. Actuaciones que mejoren la movilidad urbana: carril bici.
•    Transporte público. Actuaciones que mejoren la movilidad urbana: Pasarelas peatonales
•    Ampliación o creación de depuradora.
•    Mejora de la imagen del polígono: tanto de la fachada vegetal como las de las industrias mediante un programa de ayudas municipal. Regeneración paisajística y ambiental.
•    Mejora alumbrado público, mediante medidas de eficiencia energética y/o energías renovables.
•    Generación de energía renovable para todo el polígono, áreas industriales o enclaves tecnológicos.
•    Servicios contra incendios.
•    Implantación de Ecoparque o de sistemas de gestión de residuos (en especial los peligrosos).
•    Mejora de zonas verdes e implantación de las mismas sobre el viario de zonas/recorridos biosaludables.
•    Creación de herramienta web con información del polígono industrial accesible a IVACE.
•    Mejora viaria: habilitación de nuevos aparcamientos y/o viales, viales más amplios, nuevos accesos, así como operaciones de remodelación que conlleven las anteriores.
•    Señalización/identificación de calles.
•    Señalización horizontal y vertical de tráfico.
•    Mejora del saneamiento separativo de las aguas residuales.
•    Mejora en el suministro de agua, bruta y potable y/o aumento de caudal y presión.
•    Dotar de suministro de gas a alta y baja presión.

El proyecto podrá contener una o varias de las anteriores actuaciones apoyables.

tipoAyuda.gif Tipo de ayuda

La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100 % de los costes considerados como subvencionables con las siguientes limitaciones:
- En los polígonos industriales con una superficie menor de 25.000 m2, la limitación se establece en 3 €/m2.
- En los polígonos industriales con una superficie mayor de 25.000 m2, la limitación se establece en 2 €/m2.

En todo caso, el límite máximo de ayuda será de 200.000 € por polígono, área industrial o enclave tecnológico

costesSubvencionables.gif Costes subvencionables

Se consideran subvencionables los costes de inversión en activos materiales e inmateriales vinculados al proyecto presentado al IVACE que se indican a continuación:

a) Coste de ejecución de las obras y/o instalaciones.

b) Coste de los bienes y equipos.

c) Coste de redacción de proyectos de obra y/o instalación, de estudios de seguridad y salud y de dirección de obra, siempre que se contraten externamente.

En ningún caso se considerarán gastos subvencionables los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación.

Criterios de valoración
Para que un proyecto pueda ser aprobado, tendrá que tener una puntuación mínima de 30 puntos.

Criterios que afectan a las zonas objeto de las ayudas:

hasta 30 puntos

Criterios que afectan a las obras a realizar:

hasta 70 puntos 

Máximo de puntos que puede obtener un proyecto:

100 puntos.

1. Criterios que afectan a las zonas objeto de las ayudas:  hasta un total de 30 puntos.

Ocupación del polígono: Hasta un máximo 20 puntos: (Polígonos, áreas industriales y/o enclaves tecnológicos con mayor porcentaje de ocupación, es decir, de empresas instaladas y en actividad).

Formula

- 100%                      = 20 puntos
- Entre 51% y 99%   = 13 puntos
- Menores de 50%    =   7 puntos 

Antigüedad del polígono: Hasta un máximo de 10 puntos.

- Mayores de 20 años    = 10 puntos
- Entre 11 y 19 años       =   7 puntos
- Menores de 10 año      =   4 puntos


2. Criterios que afectan a las obras y/o inversiones a realizar, y su aprovechamiento: hasta un máximo total de 70 puntos.

Cada actuación se valorará ponderando el aprovechamiento que de las mismas se vaya a realizar calculado en función del porcentaje de empresas beneficiadas sobre el total de las empresas que integran el polígono, área industrial o enclave tecnológico, de acuerdo con los siguientes rangos e intensidades:

- entre un 71 % y 100 % de aprovechamiento: intensidad máxima.
- entre un 31 % y 70 % de aprovechamiento: intensidad media.
- menores de un 30% de aprovechamiento: intensidad mínima.

Actuaciones susceptibles de ayuda:

  • Obra civil que permita la implantación de fibra óptica y otros servicios: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
  • Vigilancia a través de CCTV conectado a la Policía Local: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
  • Transporte Público. Actuaciones que mejoren la movilidad urbana (carril bici): máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
  • Transporte Público. Actuaciones que mejoren la movilidad urbana: pasarelas peatonales: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
  • Ampliación o creación de depuradora: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
  • Mejora de la imagen del polígono: tanto de la fachada vegetal como de las industrias mediante programa de ayudas municipal. Regeneración paisajística y ambiental: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
  • Mejora del alumbrado público, mediante medidas de eficiencia energética y/o energías renovables: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
  • Generación de energía renovable para todo el polígono: máxima 5 puntos, media 3 puntos, mínima 1 punto.
  • Servicios contra incendios: máxima 3,75 puntos, media 2 puntos, mínima 1 punto.
  • Implantación de ecoparque o de sistemas de gestión de residuos, en especial, los peligrosos: máxima 3,75 puntos, media 2 puntos, mínima 1 punto.
  • Mejora de zonas verdes e implantación de las mismas y sobre el viario de zonas/recorridos biosaludables: máxima 3,75 puntos, media 2 puntos, mínima 1 punto.
  • Creación de herramienta Web con información del polígono industrial accesible a IVACE: máxima 3,75 puntos, media 2 puntos, mínima 1 punto.
  • Mejora viaria: más aparcamientos y/o viales, viales más amplios, nuevos accesos, así como operaciones de remodelación que conlleve las anteriores: máxima 2,50 puntos, media 1,50 puntos, mínima 1 punto.
  • Señalización y/o identificación de calles: máxima 2,50 puntos, media 1,50  puntos, mínima 1 punto.
  • Señalización horizontal y/o vertical de tráfico: máxima 2,50 puntos, media 1,50 puntos, mínima 1 punto.
  • Mejora del saneamiento separativo de las aguas residuales: máxima 2,50 puntos, media 1,50 puntos, mínima 1 punto.
  • Mejora en el suministro de agua, bruta y potable y/o aumento de caudal y presión: máxima 2,50 puntos, media 1,50  puntos, mínima 1 punto.
  • Dotación de suministro de gas a alta y baja presión: máxima 2,50 puntos, media 1,50  puntos, mínima 1 punto.
Esquema General

1.    Presentación solicitud

2.    Instrucción / evaluación por IVACE

3.    Resolución de concesión por presidencia de IVACE. Importe subvención

4.    Notificación concesión al Ayuntamiento

5.    Ejecución del proyecto

6.    Justificación: aportación documentación

7.    Revisión justificación

8.    Pago/minoración ayuda

comoSolicitar.gif Solicitud y documentación

 

DOCUMENTACIÓN

1. Solicitud y Memoria Técnica del proyecto. La solicitud y la memoria técnica se adecuarán a los modelos normalizados disponibles en la página web: http://www.ivace.es. En la solicitud de la ayuda se incluyen las declaraciones responsables relativas a las obligaciones de los beneficiarios de las ayudas.

2. Como paso previo a la solicitud telemática, la empresa debe acceder a la aplicación Solicit@ del IVACE para revisar/introducir sus datos.
Solicit@ es una aplicación informática en entorno web que simplifica la cumplimentación de formularios durante el proceso de solicitud, ya que permite almacenar los datos de las empresas/entidades solicitantes de subvenciones. De esta manera no es necesario repetir toda la información referente a la empresa/entidad solicitante cada vez que se cumplimenta una solicitud de subvención. (Más información)

3. Resto de documentación complementaria, descrita en el artículo 6.3 de la convocatoria, que deberá acompañar a la solicitud y a la memoria técnica. Dicha documentación habrá de presentarse utilizando igualmente los medios telemáticos proporcionados por el IVACE.

FORMA DE PRESENTACIÓN DE LA SOLICITUD

La solicitud y la memoria técnica se adecuarán a los modelos normalizados disponibles en el apartado 'Documentación anexa' a la derecha de esta página, y se presentarán ante el Registro Electrónico del IVACE. Solo se admitirá la presentación de solicitudes, escritos y comunicaciones ante el Registro Electrónico que estén firmados electrónicamente mediante una firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido, según lo dispuesto en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana, y expedido por la Generalitat o por cualquier otro prestador de servicios de certificación con el que la Generalitat haya firmado el oportuno convenio.

Examinada la documentación aportada, si ésta no reúne los requisitos exigidos se requerirá al interesado para que, en un plazo de 10 días hábiles desde el siguiente al de la recepción del requerimiento, subsane la falta o acompañe la documentación necesaria con indicación de que si así no lo hiciera se le tendrá por desistido de la solicitud.

Los requerimientos que se realicen por medios electrónicos se entenderán practicados o rechazados en los términos que se señalan en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en la legislación complementaria. En este sentido, si transcurren diez días naturales sin que se acceda al contenido del requerimiento, se entenderá que la notificación ha sido rechazada y se tendrá por realizado el trámite de la notificación.

La aportación de documentos en contestación a los requerimientos referenciados, se deberá realizar a través de Registro electrónico (Trámite Aportación documentación en el apartado 'Documentación anexa' a la derecha de esta página)

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