Dirigido a: Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana![]()
Fecha límite: Desde el 1 de abril de 2026 hasta el 30 de abril de 2026 a las 23:59:59 horas (*)
Fecha justificación: La justificación del proyecto podrá presentarse hasta la fecha límite indicada en la resolución de concesión
Fecha límite de finalización de los proyectos: 31 de diciembre de 2027
| Objeto |
La convocatoria persigue apoyar la ejecución de proyectos de I+D, de carácter no económico, desarrollados por centros tecnológicos de la Comunitat Valenciana -de manera individual o en cooperación entre ellos- que incluyan la colaboración efectiva con varias empresas, dirigidos a la demostración y/o validación en entorno relevante o real de tecnologías fundamentales en el marco de la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP), de conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2024/795 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de febrero de 2024.
La convocatoria está alineada con los objetivos del Programa Comunitat Valenciana FEDER 2021-2027, en particular con la prioridad P1C, correspondiente al objetivo específico 1.6 «El apoyo a inversiones que contribuyan a los objetivos de la Plataforma de Tecnologías Estratégicas para Europa (STEP)», y con la prioridad P2D, correspondiente al objetivo específico 2.9 «El apoyo a inversiones que contribuyan a los objetivos de STEP en el ámbito de las tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos»,
| Entidades beneficiarias |
Centros Tecnológicos de la Comunitat Valenciana que reunan los de requisitos establecidos en el artículo 4 de la Orden 26/2016, de 25 de noviembre.
| Actuaciones apoyables |
La convocatoria se estructura en dos actuaciones diferenciadas en función de los ámbitos tecnológicos recogidos en su anexo:
- Actuación 1. Proyectos de I+D en tecnologías fundamentales en los ámbitos A. Tecnologías digitales y B. Biotecnologías.
- Actuación 2. Proyectos de I+D en tecnologías fundamentales en el ámbito C. Tecnologías limpias y eficientes en el uso de los recursos.
| Características de la ayuda |
- La ayuda consistirá en una subvención de hasta el 100% de los costes del proyecto considerados subvencionables.
- En el caso de proyectos desarrollados en cooperación entre centros tecnológicos, la concesión de la ayuda quedará condicionada a que todos los centros participantes puedan resultar beneficiarios de la financiación solicitada y evaluada para la ejecución del proyecto.
- La subvención máxima que se podrá conceder a cada proyecto no podrá superar los 500.000 euros en el caso de proyectos individuales y 1.200.000 euros en el caso de los proyectos en cooperación entre centros.
- Con carácter general, el importe máximo de ayuda a conceder a una misma entidad beneficiaria no podrá superar 1.800.000 euros en el conjunto de proyectos subvencionados al amparo de la presente convocatoria. En el caso de proyectos en cooperación, cuando la aplicación de este límite máximo de ayuda por entidad determine que a alguno de los centros participantes no pueda concedérsele la ayuda por el importe solicitado y evaluado, se entenderá comprometida la viabilidad del proyecto y no será concedida a ninguno de los centros que lo integran.
No obstante lo anterior, cuando, una vez aplicada la priorización de los proyectos conforme a los criterios establecidos en el artículo 8, exista disponibilidad presupuestaria suficiente en función del número de solicitudes que hayan alcanzado la puntuación mínima exigida, podrá concederse a una misma entidad beneficiaria una ayuda superior al importe máximo señalado en este apartado.
| Costes subvencionables |
Gastos de personal propio, gastos en servicios externos, otros gastos, inversiones en equipamiento y gastos indirectos
| Plazos |
El plazo para la presentación de las solicitudes se iniciará el día 1 de abril de 2026 y finalizará el día 30 de abril de 2026 a las 23:59:59 horas.
| Criterios de valoración |
Según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 10325 de 18 de marzo de 2026,,
| Solicitud y documentación |
Según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 10325 de 18 de marzo de 2026,,
Forma de presentación de solicitudes.
La presentación de las solicitudes se ajustará a lo establecido en el artículo 5 de la Orden 26/2016, de 25 de noviembre, modificado por la Orden 21/2017, de 24 de noviembre. Además de la documentación descrita en el artículo 5.5 de la Orden 26/2016, de 25 de noviembre, la entidad deberá presentar, junto al formulario de solicitud, la memoria y sus anexos, y el acta de constitución y estatutos vigentes sólo en caso de que los que obren en poder del IVACE hayan sufrido una modificación o no consten por tratarse de un Centro Tecnológico que no hubiera solicitado ayudas del IVACE con anterioridad.
La tramitación tanto de la solicitud, como en general del procedimiento, será electrónica y requerirá que la entidad solicitante disponga durante todas las fases del procedimiento de certificado de representante de entidad emitido por la Autoridad de Certificación de la Comunitat Valenciana, o por cualquier entidad reconocida en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicada en la sede electrónica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.
Así mismo la entidad solicitante podrá autorizar otra persona para que realice cualquier trámite relacionado con esta convocatoria siempre que dicha autorización conste en el Registro de Representantes de la ACCV (https://www.accv.es/servicios/ciudadanos-y-autonomos/registro-de-representantes/).
