Dirigido a: PYME con al menos tres trabajadoras-es |
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Presentación solicitudes: | Desde el 15/01/2019 hasta el 21/02/2019 a las 23:59:59 horas* |
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Plazo ejecución (y periodo subvencionable del gasto): Deberá iniciarse con posterioridad a la fecha solicitud y podrá finalizarse hasta el 31/10/2020 |
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Plazo de justificación (y periodo subvencionable del pago): hasta el 9/02/2021 (véase resolución DG) |
* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOGV nº 8451 de fecha 26/12/2018 si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOGV.
En caso de indisponibilidad o mal funcionamiento de la plataforma tramitación electrónica, inténtelo de nuevo más tarde, mientras continúe abierto el plazo del correspondiente procedimiento. Si persisten los problemas técnicos, envíenos un correo electrónico a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. y a Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. con una explicación detallada del problema, adjuntando capturas de pantalla de la secuencia de pasos realizados. Una vez se analice la información recibida, el IVACE se pondrá en contacto con usted. Si se comprueba que el problema se ha producido en los sistemas informáticos de la Administración, de un proveedor de telecomunicaciones o de servicios de certificación involucrados en el proceso, se le habilitará un nuevo plazo para realizar el trámite pendiente. |
Objetivos |
Empresas beneficiarias |
PYME con sede social o establecimiento de producción ubicado en la Comunitat Valenciana en el momento de la presentación de la justificación,que tengan al menos tres personas como personal propio que sean trabajadoras por cuenta ajena o cooperativistas, consignadas en el recibo de liquidación de cotizaciones de la Seguridad Social correspondiente al segundo mes anterior a la fecha de solicitud de la ayuda
Requisitos de los proyectos |
- Los proyectos deberán iniciarse con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, de manera que la convocatoria de ayudas produzca un efecto incentivador para la ejecución de los proyectos.
- Los resultados de los proyectos deberán tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
- Los proyectos deberán desarrollar conocimiento con el fin de incrementar la competitividad, la diferenciación de los productos o servicios en los mercados y la generación de empleo de calidad.
- Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
- Presupuesto subvencionable del proyecto mayor de 30.000 euros y menor de 175.000 euros
- El proyecto significará un nuevo desarrollo para la empresa solicitante y, por tanto no realizado con anterioridad, en todo o en parte, por la empresa ni tampoco por ninguna otra vinculada o contratada para la realización del proyecto
Actuaciones apoyables |
- Investigación industrial: investigación planificada o estudios críticos cuyo objeto sea la adquisición de nuevos conocimientos y aptitudes que puedan resultar de utilidad para la creación de nuevos productos, procesos o servicios o permitan mejorar considerablemente los ya existentes.
- Desarrollo experimental: adquisición, combinación, configuración y empleo de conocimientos y técnicas ya existentes, de índole científica, tecnológica, empresarial o de otro tipo, con vistas a la elaboración de planes y estructuras o diseños de productos, procesos o servicios nuevos, modificados o mejorados.
2) Los proyectos deberán estar situados en niveles TRL (Technology Readiness Levels) entre 1 a 7, ambos incluidos. La descripción de TRLs será la utilizada por la Comisión Europea, que aparece detallada en la Resolución de convocatoria.
Tipo de ayuda |
Subvención a fondo perdido calculada en porcentaje sobre los costes subvencionables con intensidad variable en función del tamaño de empresa:
• Pequeña empresa: hasta el 45%
• Mediana empresa: hasta el 35%
Costes subvencionables |
1. Servicios externos
- Coste de contratos de investigación y desarrollo con organismos de investigación.
- Servicios de asistencia técnica, consultoría y equivalentes destinados de manera exclusiva a la actividad de investigación y desarrollo subvencionada.
2. Adquisición de patentes y licencias
Costes de conocimientos técnicos y patentes adquiridos u obtenidos por licencia de fuentes externas a precio de mercado, siempre y cuando la operación se haya realizado en condiciones de plena competencia.
3. Personal propio
Gastos del personal investigador, del personal técnico y del personal auxiliar (salario bruto, y coste de la Seguridad Social a cargo de la empresa) empleados en centros de trabajo de la Comunitat Valenciana durante el tiempo en que estén dedicados al proyecto de investigación y desarrollo.
Se limita el coste horario subvencionable a 40 euros/hora como máximo.
4. Materiales
Costes de materias primas y otros aprovisionamientos de naturaleza consumible que se deriven directamente de la actividad de investigación y desarrollo
5. Gastos de amortización de instrumental y equipamiento
• Gastos de amortización del instrumental y equipamiento de plantas piloto ya existentes cuyo uso resulte necesario para el desarrollo del proyecto.
• También, cuando el proyecto suponga el desarrollo de prototipos o plantas piloto experimentales de demostración, el coste de amortización del instrumental y el equipamiento que se integre en el desarrollo previsto.
Plazos |
Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente:
Plazo de presentación de solicitud | Inicio del proyecto | Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos) | Fin plazo justificación (Límite periodo pago) |
Desde el 15/01/19 hasta el 21/02/19 a las 23:59:59 h. |
Posterior a la solicitud | 31/10/2020 | 9/02/2021 |
Criterios de valoración |
Un proyecto solo podrá ser apoyado cuando la puntuación obtenida en la evaluación sea superior a 50 puntos y siempre que se superen los umbrales indicados en cada uno de los apartados del siguiente baremo.
Serán criterios de evaluación:
1. Calidad del proyecto. Máximo: 30 puntos. Umbral mínimo: 17 puntos
- Grado de avance: 0-10 puntos. Se valorará el avance en el conocimiento científico o aplicación del mismo que supone el proyecto respecto al estado del arte actual. Si el proyecto no muestra salto tecnológico, no será considerado como de I+D y, por tanto, será denegado.
- Novedad del proyecto: 0-10 puntos. Se valorarán los antecedentes o evidencias sobre el grado de novedad a nivel internacional o nacional / Comunidad Valenciana. Si el proyecto no muestra novedad objetiva, no será considerado como de I+D y, por tanto, será denegado.
- Metodología y plan de trabajo: 0-5. Se valorará la calidad del plan de trabajo y de la metodología prevista para su desarrollo.
- Presupuesto del proyecto: 0-5. Se valorará la adecuación del presupuesto del proyecto a los objetivos previstos y a los medios requeridos para su correcta ejecución.
2. Viabilidad técnica. Máximo: 30 puntos. Umbral mínimo: 15 puntos
- Capacidad y experiencia del equipo de trabajo de la empresa que participa en el proyecto: 0-15. Se valorará que las personas que participan en el proyecto dispongan de titulación adecuada con experiencia consolidada en I+D.
- Adecuación de recursos implicados en la ejecución del proyecto y participación de Organismos de Investigación: 0-15. Se valorará que el conjunto de recursos internos y externos dedicados al proyecto sean adecuados para llevarlo a cabo. Cuando no exista en la propia empresa capacidad suficiente para acometer las tareas de I+D se valorará la contratación con Centros de Investigación o servicios externos cualificados.
3. Resultados/impacto esperable del proyecto. Máximo: 30 puntos - Umbral mínimo: 10 puntos
- Impacto económico, social y medioambiental de los resultados del proyecto: 0-15. Se valorarán resultados en la triple dimensión de la responsabilidad social empresarial: previsiones de internacionalización, incremento de las ventas, mejora de la competitividad y creación de empleo; orientación hacia la salud y mejora de la calidad de vida, colectivos desfavorecidos; alineación con las prioridades temáticas Climate KIC.
- Proyectos que se encuadren en las medidas de RIS3 CV. 0-5 de calidad de vida, desarrollo de productos y entornos personalizados, procesos de fabricación avanzados y nuevos sistemas industriales o sostenibilidad
- Proyectos cuyos resultados sean prototipos cercanos al mercado comprendidos entre los niveles TRL 5 y TRL 7. 0-5.
- Proyectos cuyo desarrollo se efectúe a partir de patentes existentes en la empresa o tengan como resultado una nueva patente. 0-5.
4. Características del solicitante. Máximo 10 puntos
- La empresa solicitante cuenta con un plan de Igualdad de Oportunidades aún cuando no le sea exigible por normativa. 0-4
- La actividad principal de la empresa solicitante está alineada con las prioridades temáticas de la Comunidad para el Conocimiento y la Innovación del Clima, Climate KIC (Knowledge and Innovation Community of the European Institute of Innovation and Technology for the Climate, disponible en <http://www.climate-kic.org/>), valorando los proyectos empresariales con impacto favorable en simbiosis industrial, control de gases de efecto invernadero, sistemas de transporte eficientes, técnicas de construcción conducentes a la reducción de emisiones, gestión del agua, bioeconomía. 0-3
- Porcentaje de personas con diversidad funcional, sobre el total de la plantilla, por encima del mínimo legal exigible. 0-3
Solicitud y documentación |
Lugar de presentación de solicitudes:
La tramitación del procedimiento será telemática. La presentación telemática requerirá que la empresa solicitante disponga de firma electrónica, bien con el certificado reconocido de entidad, bien con el certificado reconocido para ciudadanos (persona física), ambos emitidos por la Autoritat de Certificació de la Comunitat Valenciana, DNI electrónico, certificado de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre, así como los certificados reconocidos en la Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación establecidos en España, publicado en la sede electrónica del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo. La solicitud se presentará en el registro telemático del IVACE a través de su página web <http://www.ivace.es>.