Dirigido a: Empresas | ![]() |
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Fecha límite presentación solicitudes: | Desde el 4 de marzo de 2016 hasta el 21 de abril de 2016 a las 24 horas* | |
Plazo de justificación: hasta el 7 de noviembre de 2017 |
* según condiciones de la convocatoria del programa publicada en el DOCV nº 7733 de fecha 03/03/2016, si bien la información exhaustiva y completa del programa deberá consultarse en los textos publicados en el DOCV.
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Objetivo |
Concesión de ayudas para la preparación de propuestas para la participación de empresas en la convocatoria del Programa Marco de Investigación e Innovación 2014-2020 Horizonte 2020 para el ejercicio 2016.
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Beneficiarios |
Empresas, tanto grandes como PYME, que tengan su sede social o establecimiento de producción en la Comunitat Valenciana y que cumplan los requisitos previstos en la convocatoria y sus anexos
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Requisitos de los proyectos |
- Por proyecto se entiende cualquier iniciativa de gasto o inversión, sobre una operación o activo concreto, que vaya a realizarse en un plazo determinado y que, de forma individual o combinada, tenga un sentido empresarial, sin perjuicio de que esa iniciativa pueda integrarse, en su contenido o en el tiempo, en un plan mayor.
- Los proyectos deberán haberse iniciado con posterioridad al 1 de enero de 2016.
- Los proyectos deberán ser realizados por empresas con sede o establecimiento productivo en la Comunitat Valenciana, y la actuación de I+D+i que como consecuencia del proyecto se facilite, deberá tener impacto tangible en la Comunitat Valenciana.
- Los costes asociados al proyecto no podrán recibir simultáneamente ayudas en el marco de esta convocatoria y de otras procedentes de ésta u otra administración o ente público.
- La ejecución de los proyectos no deberá vulnerar en ningún caso el principio de no discriminación por razón de sexo, raza, origen étnico, religión, convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual, facilitando, o al menos no impidiendo, la accesibilidad para las personas con discapacidad. Asimismo deberá ejecutarse en el marco de un desarrollo sostenible y de fomento de la conservación, protección y mejora del medio ambiente y contar con un certificado que declare la no afección del proyecto a la denominada ’Red Natura’, espacio físico de especial protección medioambiental configurado así por la Unión Europea. La obtención de dicho certificado se gestionará por el IVACE.
- El presupuesto total del proyecto presentado a la convocatoria H2020, deberá ser igual o superior a 70.000 euros.
- No se admitirán las solicitudes de ayuda si la empresa solicitante ha obtenido con anterioridad una ayuda del IVACE para preparar una propuesta para H2020 para el mismo proyecto, aunque se presentara a una convocatoria distinta de H2020.
- De la misma forma no podrán recibir ayudas los proyectos que hayan obtenido apoyo en la convocatoria de Ayudas a la Preparación de Propuestas Comunitarias (APC) del CDTI. En el caso de obtener el mencionado apoyo del CDTI con posterioridad a la concesión del IVACE, quedará ésta sin efecto, salvo renuncia expresa a la ya concedida por el CDTI.
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Actuaciones apoyables |
Proyectos consistentes en la preparación de propuestas para la participación de empresas en la convocatoria del Programa Marco de Investigación e Innovación 2014-2020 Horizonte 2020 para el ejercicio 2016.
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Tipo de ayuda |
La ayuda consistirá en una subvención a fondo perdido sobre el coste de la preparación, elaboración y presentación de propuestas para concurrir a cualquiera de los programas de H2020.
La intensidad máxima de la ayuda será de un 75% de los costes mencionados.
La cuantía máxima de la subvención no superará los 7.500 euros cuando el presupuesto del proyecto presentado a la convocatoria H2020 se encuentre entre los 70.000 euros y los 200.000 euros y para proyectos con presupuesto superior se limitará 15.000 euros.
En cualquier caso, para costes superiores a 17.999 euros, se contemplará lo dispuesto en el artículo 9.1.b) de la convocatoria
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Costes subvencionables |
Servicios externos: gastos de consultoría y servicios equivalentes destinados a la formulación de un proyecto empresarial acorde con convocatorias del H2020, en concreto asesoramiento en preparación de propuestas y gestiones necesarias para presentar formalmente los proyectos objeto de ayuda a las respectivas convocatorias, asesoramiento en materia de acuerdos y propiedad de los resultados de los proyectos y gastos asociados a las gestiones para la búsqueda de socios.
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Plazos |
Plazo de presentación de solicitudes: Los plazos de presentación de solicitudes son los indicados en el cuadro siguiente
Plazo de presentación de solicitud | Inicio del proyecto | Fecha límite de ejecución del proyecto (gastos) | Fin plazo justificación (límite periodo pago) |
Desde 04/03/2016 hasta 21/04/2016 a las 24 h. |
Posterior al 01/01/2016 y antes del 31/12/2016 | 30/09/2017 | 07/11/2017 |
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Criterios de valoración |
Serán criterios de valoración los siguientes:
1. Calidad del proyecto. Máximo 30 puntos. Se valorarán prioritariamente los proyectos de preparación, elaboración y presentación de propuestas dirigidas a las convocatorias de Pilares de Liderazgo Industrial y Retos Sociales, así como los proyectos presentados en el ámbito de actuación del Instituto Europeo de Innovación y Tecnología (EIT) y del Instrumento PYME (SME Instrument).
2. Resultados/Impacto esperable del proyecto. Máximo: 70 puntos
– Propuestas que impliquen liderazgo. Máximo 30 puntos. Se valorará que el solicitante presente una propuesta individual a H2020 o para liderar un proyecto en el que concurre con otros socios.
– Retorno esperado. Máximo 30 puntos. Se valorará el retorno de la inversión medido a través de la subvención solicitada para el proyecto en la convocatoria de H2020.
– Alineación con la Estrategia de Especialización Inteligente de la Comunitat Valenciana (RIS3 CV): Máximo: 10 puntos. Se valorarán los proyectos que se desarrollen en el ámbito de las prioridades temáticas de la estrategia RIS3 CV. (Información sobre la estrategia RIS3)
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Solicitud y documentación |
Lugar de presentación de solicitudes:
Tanto la solicitud como la memoria se presentarán ante el Registro Telemático de la Generalitat, y éste emitirá automáticamente un resguardo acreditativo de su presentación, que podrá ser archivado o impreso por la empresa interesada, en los términos previstos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos y en el Decreto 220/2014, de 12 de diciembre, del Consell de la Generalitat, por el que se aprueba el Reglamento de Administración Electrónica de la Comunitat Valenciana. Una vez cumplimentado el formulario de solicitud desde el trámite telemático, se deberá anexar la memoria técnica del proyecto en formato electrónico.